En este sentido, Juan Pablo Bonfiglioun contador público especialista en liquidación de bienes y relaciones laborales, dice que en el recibo se deben detallar todos los conceptos que componen la remuneración del trabajador tanto en concepto como en cantidad.
Según Bonfiglio, uno de los requisitos indispensables es que el recibo de sueldo sea hecho por duplicado: uno lo conserva el patrón y lo firma el trabajador, para confirmar la liquidación, el otro lo firma el patrón y se le entrega al trabajador para que tenga constancia de lo que recibió, que le servirá de prueba.
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Información que debe aparecer en un recibo de sueldo:
El artículo 140 de la Ley de Contrato de Trabajo regula las menciones mínimas que debe contener un recibo de sueldo.
En el encabezado, incluya el nombre del empleador o razón social, la dirección y el Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). También el nombre y apellido del trabajador, su título profesional y el CUIL. Además, la relación laboral, como la fecha de ingreso y el rango, y el período de pago: lugar, fecha, período de liquidación, cuenta bancaria.
El cuerpo central contiene, en una columna, todos los conceptos que se pagan al trabajador en bruto, sin descuento alguno, y en otra, aquellas deducciones o retenciones que se restan de la cantidad anterior.
Al final se añade cada uno de ellos las columnas y calcular el salario netoes decir, la que el trabajador realmente percibe y puede utilizar, que también se denomina Salario “de bolsillo” y debe expresarse en números y letras.