Hacete Millonario Con Shell | Participá Por $ 1.000.000‎

Cargando 20 Litros de Combustible o Comprando Lubricantes Shell Helix. ¡Participás Por El Sorteo De Un Millon De Pesos Por Día! Con Shell V-Power Ganá. Llegá Más Lejos Con Shell. Sumá millas con Shell. Con Shell V-Power.

Con la carga de 20 litros de Shell V-Power, Shell V-Power Diesel, Shell Nafta Súper o comprando Lubricantes Shell Helix en envase de 1 o 4 Litros y cargando tus datos participás por el sorteo de 1 millón de pesos por día.

Si cargás 20 litros de Shell V-Power o compras un envase de lubricante Shell Helix de 1 o 4 litros quintuplicás tus chances de ganar.

Si además sos socio Shell Latam Pass duplicás las chances de tus consumos.

Registrá tu carga en para participar por los sorteos diarios.

La promoción es válida desde el 24 de Enero al 22 de febrero del 2020.

 

Aquí encontrarás a los ganadores de los sorteos que haremos durante todo el mes de la promoción.

Iremos actualizando la lista semana a semana. ¡Felicitaciones!

 

 

BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN “HACETE MILLONARIO CON SHELL”

1. “HACETE MILLONARIO CON SHELL” (la “Promoción”) es una acción promocional organizada por ENLAZE 3 LATAM S.R.L., CUIT N° 30-70946276-4, con domicilio en Azcuénaga 812, Vicente López, Provincia de Buenos Aires (el “Organizador”) y auspiciada por RAÍZEN ARGENTINA S.A. (antes denominada SHELL COMPAÑÍA ARGENTINA DE PETRÓLEO S.A.), CUIT N° 30-50672680-4, con domicilio en Avenida Roque Sáenz Peña 788, piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (el “Auspiciante”), que se regirá por estas bases y condiciones (las “Bases”). 2. Plazo de vigencia: La Promoción tendrá vigencia desde las 00:00 horas del 24 de enero de 2020 hasta las 23:59:59 horas del 22 de febrero de 2020 (en adelante, el “Plazo de Vigencia”). La Promoción será difundida mediante publicidad en vía pública, diarios, revistas, medios radiales, digitales y televisivos. 3. Ámbito geográfico: La Promoción será válida en todas las Estaciones de Servicio de bandera Shell adheridas a la Promoción de la República Argentina, con excepción de las ubicadas en las provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur (“Estaciones Adheridas”). 4. Participantes: Podrán participar en la Promoción las personas humanas mayores de 18 años y los menores de edad que posean licencia de conducir vigente –en el caso de estos últimos se presumirá que actúan con autorización de sus padres, tutores o curadores–, domiciliadas en la República Argentina, excepto en las provincias de Chubut, Santa Cruz o Tierra del Fuego (“Participante/s”). No podrán participar de la Promoción las personas jurídicas, las personas humanas menores de 18 años que no posean licencia de conducir vigente ni las personas humanas domiciliadas en las provincias de Chubut, Santa Cruz o Tierra del Fuego o fuera de la República Argentina, los empleados, directores y demás autoridades del Auspiciante, de Raízen Gas S.A., de Deheza S.A.I.C.F. e I., de Estación Lima S.A., del Organizador, de las Estaciones Adheridas y de sus agencias de publicidad, así como tampoco los cónyuges y consanguíneos o parientes por afinidad hasta el cuarto grado inclusive de todos los nombrados anteriormente, sea que lo hagan a nombre propio o de terceros. 5. Productos: Participan de la Promoción los siguientes productos comercializados por el Auspiciante: (i) Nafta Súper Shell, (ii) Shell V-Power Nafta y Diesel, y (iii) Lubricantes Shell Helix en sus presentaciones de 1 (uno) y de 4 (cuatro) litros (en adelante todos ellos, indistintamente, “Producto/s”). 6. Premios: Mediante la Promoción se pondrán en juego un total de treinta (30) premios – a razón de uno (1) por cada uno de los treinta (30) días del Plazo de Vigencia – consistentes, cada uno, en la suma de pesos un millón ($1.000.000) (“Premio/s). En las provincias de Mendoza, Neuquén, Salta, Jujuy y Río Negro se asignará, como máximo, un (1) Premio en cada una de ellas. A los fines de la limitación de premios por provincias prevista en este punto 6., se considerará el domicilio de la Estación Adherida con cuyo ticket se realice la participación ganadora. Para el caso Página 2 de 8 de los Participantes que lo hagan bajo la modalidad sin obligación de compra, se considerará su domicilio. 7. Chances: Los Participantes que, durante el Plazo de Vigencia, adquieran Productos en cualquiera de las Estaciones Adheridas, generarán chances (“Chance/s”) para participar de los sorteos incluidos en la Promoción (“Sorteo/s”), de acuerdo con el esquema siguiente: 7.1. Una (1) Chance: por la compra, en una única operación, de al menos veinte (20) litros de Nafta Súper Shell. 7.2. Cinco (5) Chances: por la compra, en una única operación, de un (1) Lubricante Shell Helix en su presentación de 1 (uno) o de 4 (cuatro) litros. 7.3. Cinco (5) Chances: por la compra, en una única operación, de al menos veinte (20) litros de Shell V-Power Nafta o Shell V-Power Diesel. 7.4. Las personas humanas que sean dueñas, socias, directivos o empleados de personas jurídicas que adquieran los Productos (también “Participante/s”) podrán participar de la Promoción utilizando los comprobantes de compra de los Productos emitidos por las Estaciones Adheridas en favor de tales personas jurídicas (tales comprobantes en lo sucesivo se denominarán en estas Bases también, indistintamente, “ticket/s” o “factura/s”), generándose en favor de tales Participantes Chances para participar de los Sorteos de acuerdo a lo previsto en los puntos 7.1. a 7.3., anteriores. 7.5. Los Participantes que sean socios del programa denominado “Shell LATAM Pass” (en adelante, el “Programa”) con tarjeta del Programa activada, duplicarán las Chances que hubieran generado de acuerdo a lo previsto en los puntos 7.1. a 7.3., anteriores. El Programa es un programa de beneficios exclusivo para clientes de las Estaciones de Servicio de bandera SHELL de la República Argentina adheridas al Programa, mediante el cual pueden acumular Millas LATAM Pass realizando compras de los productos incluidos en el Programa en las Estaciones de Servicio de bandera Shell adheridas. Las condiciones del Programa pueden consultarse en https://www.shell.com.ar/conductores/shell-latam-pass.html. 7.6. Límite de participaciones: Se admitirá un máximo de dos (2) participaciones por Participante y por semana del Plazo de Vigencia. Se entenderá por semana del Plazo de Vigencia a los períodos comprendidos (i) entre el inicio del Plazo de Vigencia y el 31 de enero de 2020, (ii) entre el 1º y el 8 de febrero de 2020, (iii) entre el 9 y el 15 de febrero de 2020 y (iv) entre el 16 y el 22 de febrero de 2020. A los fines de la limitación de participaciones por semana del Plazo de Vigencia, si un Participante participase en más de dos (2) oportunidades mediante el uso de la modalidad WhatsApp o de la modalidad Internet, el sistema informático descartará, previo a los Sorteos, las participaciones que excedieran de dos (2), manteniendo las Chances generadas en las primeras dos (2), aun cuando las siguientes compras hayan generado mayor cantidad de Chances. En el caso que se dieran más de dos (2) participaciones de un mismo Participante y una o más de ellas fueran mediante la modalidad de participación automática con la tarjeta Shell LATAM Pass, estas últimas participaciones tendrán prioridad respecto de las Chances generadas mediante el uso de la Página 3 de 8 modalidad WhatsApp o de la modalidad Internet, aunque las participaciones automáticas con la tarjeta Shell LATAM Pass sean posteriores a las dos (2) máximas permitidas, descartando la o las participaciones anteriores. Cada ticket o factura de compra de Productos participantes podrá ser usado en una (1) única participación. Serán descalificadas la totalidad de las participaciones de Participantes que hubieran cargado más de una (1) vez un mismo ticket o factura de compra de Productos participantes. 8. Mecanismos de participación en la Promoción: 8.1. Participantes socios del Programa: A los Participantes socios del Programa que, durante el Plazo de Vigencia, obtengan Chances por la adquisición de Productos en cualquiera de las Estaciones Adheridas (“Compra/s”) y que junto con el pago de la Compra pasen su tarjeta activa del Programa o paguen la Compra con Mercado Pago -medio de pago que no requiere pasar la tarjeta activa-, se les asignará en forma automática en el sistema informático mediante el que se llevarán a cabo los Sorteos (“Software”) las Chances que correspondan de acuerdo con el Producto adquirido, con la limitación de participaciones prevista en el punto 7.6., precedente. 8.2. Participantes que no sean socios del Programa (o que, siendo socios, no hayan pasado su tarjeta activa del Programa al momento de realizar la Compra o no hayan pagado la Compra por Mercado Pago): Los Participantes que no sean socios del Programa (o que, siendo socios, no hayan pasado su tarjeta activa del Programa al momento de realizar la Compra o no hayan pagado la Compra por Mercado Pago) que, durante el Plazo de Vigencia, obtengan Chances por la adquisición de Productos en cualquiera de las Estaciones Adheridas (también “Compra/s”), podrán participar de la Promoción: (i) Vía WhatsApp: Una vez realizada la Compra del Producto, los Participantes deberán, A) escanear con el teléfono celular el código QR que estará disponible en las Estaciones Adheridas, luego de lo cual se abrirá un dialogo de WhatsApp que indicará los pasos a seguir para participar de la Promoción [se solicitará al Participante: (a) enviar su número de Documento Nacional de Identidad, (b) posteriormente informar el Producto objeto de la Compra, (c) seguidamente, enviar una foto visible del ticket o factura de la Compra y (d) por último, informar su nombre y apellido completos]; o B) Enviar un mensaje de WhatsApp con el siguiente texto “Hola, quiero ser millonario con Shell”, al número (11) 3183-4503 y, luego de ello, conforme será indicado, el Participante deberá (a) enviar su número de Documento Nacional de Identidad, (b) posteriormente informar el Producto objeto de la Compra, (c) seguidamente, enviar una foto visible del ticket o factura de la Compra y (d) por último, informar su nombre y apellido completos. En ambos casos, el Software informará al Participante la finalización correcta de su proceso de participación y le asignará las Chances que correspondan. No se admitirán participaciones mediante las que se informe un número de documento nacional de identidad asociado previamente por el Software a una línea de teléfono celular distinta de la que se está participando; o (ii) A través del Sitio Web: Durante el Plazo de Vigencia, los Participantes que obtengan Chances por la adquisición de Productos en cualquiera de las Estaciones Adheridas (asimismo “Compra/s”) deberán ingresar a la página Web www.shell.com.ar (el “Sitio Web”), completar allí su nombre, apellido, Documento Nacional de Identidad, el Producto adquirido y adjuntar una foto visible del ticket o factura de la Compra. Una vez cumplidos los requisitos de participación a través del Sitio Web, el Software asignará al Participante las Chances que correspondan según el Producto adquirido. Página 4 de 8 9. Sorteos: 9.1. Sorteos: En el marco de la Promoción se realizarán cuatro (4) Sorteos. En cada Sorteo se computarán las Chances generadas por los Participantes desde el inicio del Plazo de Vigencia hasta la fecha que, para cada Sorteo, se indica a continuación: Primer Sorteo: Se computarán las Chances generadas por los Participantes desde el inicio del Plazo de Vigencia hasta el 31 de enero de 2020. El primer Sorteo se realizará a las 16:00 hs. del 6 de febrero de 2020. Segundo Sorteo: Se computarán las Chances generadas por los Participantes desde el inicio del Plazo de Vigencia hasta el 8 de febrero de 2020. El segundo Sorteo se realizará a las 16:00 hs. del 13 de febrero de 2020. Tercer Sorteo: Se computarán las Chances generadas por los Participantes desde el inicio del Plazo de Vigencia hasta el 15 de febrero de 2020. El tercer Sorteo se realizará a las 16:00 hs. del 20 de febrero de 2020. Cuarto Sorteo: Se computarán las Chances generadas por los Participantes desde el inicio del Plazo de Vigencia hasta el 22 de febrero de 2020. El cuarto Sorteo se realizará a las 16:00 hs. del 27 de febrero de 2020. 9.2. Lugar y forma de realización de los Sorteos: Los Sorteos se llevarán a cabo ante Escribano Público, en Viamonte 740, 2º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En cada uno de los Sorteos de los días 6 y 13 de febrero de 2020 el Software elegirá al azar ocho (8) Participantes y en cada uno de los Sorteos del 20 y 26 de febrero de 2020 el Software elegirá al azar siete (7) Participantes, todos los cuales, se constituirán en potenciales ganadores (“Potencial/es Ganador/es”) de un (1) Premio. En cada uno de los Sorteos, el Organizador seleccionará al azar un (1) Participante suplente por cada titular, para el caso de que los Potenciales Ganadores elegidos en primer término no cumplieran, por cualquier motivo, con los requisitos que para la asignación de los Premios se establecen en estas Bases. 10. Notificación a los Potenciales Ganadores de los Premios: Los Potenciales Ganadores de los Premios serán notificados de su condición de tales: (i) en los casos en los que la participación tuvo lugar vía WhatsApp, mediante mensaje de texto enviado a través de WhatsApp al número telefónico registrado o utilizado al participar de la Promoción; (ii) en los casos de los socios del Programa que hayan participado automáticamente, mediante envío de correo electrónico a la dirección que hubiesen registrado o utilizado en virtud de la asociación al Programa; (iii) en los casos en los que la participación tuvo lugar a través del Sitio Web o mediante la modalidad especificada en la cláusula 13., mediante el envío de un correo electrónico a la dirección que se hubiese registrado al realizar la participación; y (iv) en los casos en los que la participación tuvo lugar mediante la modalidad sin obligación de compra, mediante el envío de un correo electrónico a la dirección que se hubiese registrado al realizar la participación (en adelante, en todos los casos la “Notificación”), y deberán presentarse a reclamar su asignación y contestar las preguntas de cultura general que les formulará el Organizador, como condición para la asignación de los Premios, en la fecha, el horario y el lugar que se les informe en dicha Notificación. Página 5 de 8 La Notificación se considerará debidamente efectuada mediante el envío del mensaje de texto de WhatsAppp o el envío del correo electrónico, según el caso, con independencia de la efectiva recepción por parte del destinatario, cualquiera sea su causa, incluyendo, pero sin limitar, a pérdida o cambio de la línea de teléfono o que no posea conectividad de datos o wifi, casilla llena de correo electrónico o ubicación en la carpeta de correo no deseado o spam. Si un Potencial Ganador que hubiese recibido la Notificación no se presentase en la fecha, el horario y el lugar que se le informe en la Notificación, dicho Potencial Ganador perderá automáticamente el derecho a que el Premio le sea asignado, sin derecho de reclamo alguno, y se efectuará una nueva Notificación al Potencial Ganador Suplente correspondiente. 11. Mecanismo y requisitos de asignación de los Premios: En la cita indicada en el punto anterior, cada Potencial Ganador deberá, como condición para la asignación del Premio: (i) exhibir su Documento Nacional de Identidad y entregar una fotocopia del mismo al Organizador, (ii) entregar un certificado de titularidad de cuenta bancaria en pesos de un banco habilitado por el Banco Central de la República Argentina, en la cual requiera que le sea depositado el monto del Premio, (iii) contestar correctamente al menos cuatro (4) de las cinco (5) preguntas de cultura general que le formulará el Organizador y (iv) otorgar la autorización para el uso de su imagen mencionada más abajo. Los Potenciales Ganadores que hubiesen participado de la Promoción utilizando los comprobantes de compra de los Productos emitidos por las Estaciones Adheridas en favor de personas jurídicas deberán asimismo -como requisito para la asignación de los Premios – presentar la documentación que acredite, a satisfacción del Organizador, su carácter de dueñas, socias, directivos o empleados de tales personas jurídicas. La falta de reclamo de la asignación de los Premios en la forma establecida en estas Bases o la contestación incorrecta de más de una (1) de las cinco (5) preguntas de cultura general que les serán formuladas o el incumplimiento de cualquier otra de las condiciones establecidas en estas Bases como condición para la asignación de los Premios, hará perder, automáticamente, sin necesidad de previa intimación o comunicación adicional alguna, a sus Potenciales Ganadores, el derecho a su asignación, sin derecho a reclamo alguno. Los Premios no asignados a ganador alguno, si los hubiera luego de realizado el procedimiento correspondiente con el Potencial Ganador Suplente respectivo, quedarán en propiedad del Auspiciante. 11.1. Los Premios no incluyen ninguna otra prestación, bien o servicio distinto de lo indicado en el punto 6. de estas Bases, el derecho a su asignación es intransferible y no podrá requerirse su canje por otros bienes o servicios, caso contrario sus Potenciales Ganadores perderán automáticamente todo derecho a su asignación y no tendrán derecho a reclamo o compensación alguna. 12. Entrega de los Premios: Los Premios serán entregados mediante transferencia bancaria a la cuenta de titularidad del ganador conforme el certificado de titularidad de cuenta presentado. La transferencia será efectuada dentro de los treinta (30) días corridos de la asignación de cada uno de los Premios, por el importe neto del Premio una vez deducidos, en su caso, los impuestos correspondientes. Los certificados de retención de impuestos, si los hubiera, serán enviados por correo electrónico al ganador. Ni el Organizador ni el Auspiciante serán responsables por cualquier demora, atribuible a las entidades bancarias intervinientes o al sistema bancario en general, en la acreditación del Premio en la cuenta del ganador, cumpliendo su obligación con la ejecución de la transferencia en el plazo indicado. Página 6 de 8 13. Participación sin obligación de compra: Las personas humanas mayores de 18 años y los menores de edad que posean licencia de conducir vigente, residentes en la República Argentina, excepto en las provincias de Chubut, Santa Cruz o Tierra del Fuego, podrán participar de la Promoción enviando – durante el Plazo de Vigencia – un sobre al Apartado Especial Nº 1, Sucursal Vicente López, B1638ZAC, Correo Oficial (franqueo a pagar por el destinatario), indicando en su frente Promoción “HACETE MILLONARIO CON SHELL” y en su reverso o interior los siguientes datos personales: nombre, apellido, dirección, ciudad, provincia, código postal, teléfono fijo y celular, correo electrónico, DNI, fecha de nacimiento, edad y género, e incluir dentro del sobre un dibujo hecho a mano del logo de Shell con los colores correspondientes a dicho logo, y debajo del logo la mención del Producto con el que eligen participar (“Sobre”). Una vez recibido el Sobre, el Organizador incluirá al solicitante en la base de datos a la fecha en que fuera recibido el Sobre, con el máximo de chances que tengan los demás Participantes conforme el Producto elegido. El Participante que además incluyera en el Sobre un dibujo hecho a mano del logo del Programa, duplicará las Chances. A quienes participen por este medio le serán aplicables, en lo pertinente, las condiciones establecidas en estas Bases. Se admitirá el envío de un (1) Sobre por persona para cada Sorteo. 14. Consulta de Bases: Las presentes Bases estarán disponibles y podrán ser consultadas durante el Plazo de Vigencia en las Estaciones Adheridas y en www.shell.com.ar. 15. Gastos. Impuestos: Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, toda suma de dinero que deba pagarse al estado nacional, sociedades del estado u otros entes gubernamentales, provincias o municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega del Premio o con motivo de la organización o difusión de la Promoción o de la realización de los Sorteos y los gastos en que incurran los Potenciales Ganadores para su traslado y estadía cuando concurran a reclamar la asignación de los Premios, estarán a su exclusivo cargo. 16. Deslinde de responsabilidad: Ni el Organizador ni el Auspiciante serán responsables de daños, perjuicios o pérdidas ocasionados a los ganadores o a terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión del uso de los Premios ni por fallas en los equipos de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo de la Promoción. 17. Aceptación de las Bases: La participación en la Promoción implica la total aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que adopte el Organizador conforme a derecho sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas. Toda conducta abusiva, fraudulenta o contraria a la buena fe, autorizará al Organizador a descalificar de la Promoción al Participante incurso en alguna de dichas conductas. 18. Datos Personales: El Organizador y el Auspiciante garantizan la confidencialidad en el tratamiento de los Datos Personales, así como la implementación de las medidas de índole técnica y organizativa que razonablemente tiendan a garantizar la seguridad de dichos datos en cumplimiento de las disposiciones aplicables de la Agencia de Acceso a la Información Pública. El titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en Página 7 de 8 forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3, de la Ley Nº 25.326. A tal efecto los Participantes o titulares de Datos Personales podrán dirigir un correo electrónico a shelldirecto@shelldirecto.com.ar, solicitando el acceso a sus datos y, en su caso, requerir la actualización, modificación o eliminación de los datos que considere erróneamente registrados. Los Participantes, por el solo hecho de participar de la Promoción y como condición para ello, otorgan el consentimiento previsto por los arts. 5 y 11 de la ley 25.326. La Agencia de Acceso a la Información Pública, Órgano de Control de la Ley Nro. 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. La solicitud del Participante de retirar o bloquear, total o parcialmente, sus Datos Personales, durante el Plazo de Vigencia producirá la exclusión del Participante de la Promoción. 19. Modificación o Suspensión de la Promoción: El Organizador, a su exclusivo criterio, podrá ampliar la cantidad de Premios ofrecidos y/o el Plazo de Vigencia. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción, supuestos en los cuales los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno. Toda modificación que se realice a estas Bases será sin alterar la esencia de la Promoción. 20. Probabilidades matemáticas: Ningún Participante podrá ganar más de un Premio. Las probabilidades matemáticas de resultar Potencial Ganador de un Premio dependerán de la cantidad total de Chances acumuladas para cada Sorteo y de la cantidad de Chances acumuladas por cada Participante. En el supuesto de que para un determinado Sorteo se hubieran acumulado por la totalidad de los Participantes un total de 1.000.000 de Chances y que un determinado Participante hubiera acumulado 1 Chance, la probabilidad de dicho Participante de resultar favorecido en ese Sorteo con un Premio será de 1 en 125.000, si en dicho Sorteo se hubiesen puesto en juego ocho (8) Premios o de 1 en 142.857,15, si en dicho Sorteo se hubiesen puesto en juego siete (7) Premios. 21. Imagen de los ganadores: La sola participación en la Promoción implica la autorización gratuita de los Potenciales Ganadores – y, en su caso, de los padres, tutores o representantes legales – al Organizador y al Auspiciante, como condición para la asignación de los Premios, para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes o grabaciones de su imagen, voz y Datos Personales, en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones en televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.), con cualquier finalidad, durante el Plazo de Vigencia de la Promoción y hasta transcurridos tres (3) años de su finalización, sin derecho a reclamo de indemnización o compensación alguna. Es condición para la asignación de los Premios que los Potenciales Ganadores accedan en ocasión del acto de adjudicación a fotografiarse en forma individual o con otros ganadores y/o con representantes del Organizador y/o del Auspiciante. Los Participantes garantizan que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión, reproducción y/o la puesta en el comercio de su imagen, voz o Datos Personales y se comprometen a mantener indemne al Organizador y al Auspiciante respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular terceras personas. Página 8 de 8 22. Mecanismos prohibidos: Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el Participante, el que podrá asimismo ser descalificado. 23. Preguntas de cultura general. Constatación de sistema informático. Previo a cada Sorteo se realizará un acta constatación frente a Escribano en la que se verificará el correcto funcionamiento del Software. En la misma acta notarial, se dejarán asentadas las preguntas de cultura general que les serán formuladas a los Potenciales Ganadores. 24. Jurisdicción: Ante cualquier controversia que se suscitare entre los Participantes, el Organizador y/o el Auspiciante, las partes se someterán a los tribunales nacionales ordinarios con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.